viernes, marzo 29, 2024

Nuevos requisitos para viajar en colectivo por coronavirus: 40% del vehículo libre y sin cortinas

Los pasajeros deberán utilizar tapa bocas y portar el certificado de circulación.

Gobierno estableció una serie de exigencias para aquellas personas que viajan en colectivos durante la cuarentena por coronavirus.

La  Resolución 107/2020, el Ministerio de Transporte de la Nación publicó este lunes en el Boletín Oficial que para asegurar el distanciamiento social, “los servicios deberán prestarse con una ocupación máxima del 60%» de su capacidad. En tanto, toda persona que utilice el colectivo como medio de transporte, deberá tener barbijo o algún elemento de protección que cubran nariz, boca y mentón, y deberá portar el certificado de circulación correspondiente a la actividad que desempeñe y se encuentra exceptuada de la cuarentena “o la habilitación de circulación correspondiente, de conformidad con las normas aplicables al efecto”.

Se anunció el retiro de “cortinas, visillos y demás elementos de tela que pudiesen retener el virus en su entramado, con excepción de aquellos utilizados en los tapizados de las butacas y laterales de los vehículos”.

Además se encomendó al “Comité de Crisis Prevención COVID-19 para el Transporte Automotor” la elaboración de “un protocolo específico para los servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre de Jurisdicción Nacional”.

“Resulta necesario mejorar la frecuencia de los servicios, mediante una mayor utilización de la capacidad instalada del sistema de transporte, con el objeto de facilitar las condiciones de movilidad y evitar el aglomeramiento de personas en el transporte público”, se explicó a través del Boletín Oficial.

Además de fijar una señal de separación entre el chofer y el pasaje a un metro y medio del habitáculo del conductor, mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio, se anuló íntegramente la primera fila de asientos, debiendo sentarse los pasajeros con la debida distancia social.

El aislamiento obligatorio regirá hasta el 10 de mayo, pero es un hecho que se extenderá hasta el próximo 25 de mayo.

Fuente: Diario 26

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