miércoles, mayo 1, 2024

Marcha atrás: revocan la prisión domiciliaria de Carlos Dalmasso y otros diez reclusos en Misiones

El Tribunal Penal de Eldorado decidió revocar las prisiones domiciliarias otorgadas, entre las que se encuentra la del comerciante sentenciado en 2013 a 12 años de prisión, Carlos Dalmasso. La medida se articuló con el Ministerio de Gobierno y el Servicio Penitenciario Provincial, que aseguró además lugares de aislamiento para el hipotético caso de un contagio de coronavirus y se garantizan las condiciones de salud a estos y todos los presos.

Entre los considerandos de la Resolución del Tribunal Penal 1, se consigna que:

-Dejar sin efecto la resolución 06/09 y en consecuencia disponer el reingreso de los internos Zacarías de Melo, Angel Gamarra, Darío Carlos Benítez, Juan Carlos Antunez, José Ribeiro Da Silva, Miguel A. Garcete, Marcial Pedrozo, Sergio Insaurralde, Lucas dos Santos Paulino Silvero y Jairo Furts; al complejo peninteciario III de Eldorado, quienes deberán ser alojados en el sector destinado al efecto, bajo las medidas sanitarias aconsejadas por los profesionales médicos que cumplen funciones en la unidad penal

-Ordenar al Servicio Penitenciario Provincial y por donde corresponda se arbitren los medios necesarios para el inmediato cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Pero además, se menciona que en un informe del Director del Complejo Penitenciario III da cuenta que durante este período de tiempo se ha acondicionado un espacio exclusivo dentro del perímetro de la unidad penitenciaria, más específicamente en el tinglado cerrado destinado a eventos especiales, lugar que podría albergar a los internos beneficiados con salidas transitorias por la pandemia de Covid 19 y para el albergue de internos en caso que presenten síntomas de coronavirus. “Considerando que la medida ha sido adoptada siguiendo las recomendaciones y lineamientos de los organismos internacionales (OMS – CIDH), los tratados de jerarquía constitucional y que hallándose actualmente habilitado un sector que reúne las condiciones necesarias, la medida decretada el 2 de abril, donde se disponía autorizar la prisión domiciliaria al interno Carlos Dalmasso carece de necesidad”.

En consecuencia el órgano entiende que corresponde el reingreso del citado interno (Carlos Dalmasso) al complejo penitenciario donde se hallaba alojado, quien deberá ser alojado en el sector destinado al efecto, hasta tanto puedan ser reubicado en su lugar original de detención.

Fallo

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E.I.

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