viernes, marzo 29, 2024

La media sanción del Presupuesto nacional 2021 y la histórica inclusión ante el pedido de Misiones

Luego de una extensa jornada, los diputados nacionales aprobaron el texto presentado por el Poder Ejecutivo. La novedad fue la inclusión histórica y sin precedentes de un pedido formulado por la provincia, el de crear una zona aduanera especial exenta de impuestos nacionales.

Por la mañana del jueves la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción al Presupuesto 2021. En las próximas semanas lo debatirán los senadores nacionales, todo indica que el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo será aprobado y entrará en vigencia el 1 de enero próximo. La novedad saliente para Misiones es la inclusión del artículo 124°, que le da al Poder Ejecutivo Nacional la posibilidad de crear zonas aduaneras en provincias limítrofes.

Este artículo implica que Misiones en su totalidad o parte de la provincia pueda ser declarada zona aduanera especial, por lo que las distintas actividades económicas realizadas en territorio misionero accederán a beneficios impositivos. Este tipo de diferenciación en cuanto a los impuestos nacionales es un histórico pedido de la provincia a los distintos gobiernos nacionales; debido a la extensa frontera internacional con Brasil y Paraguay, Misiones ha visto a lo largo de los años como se acumularon asimetrías económicas y financieras.

La larga negociación fue llevada a cabo por el conductor del Frente Renovador, Carlos Eduardo Rovira; el gobernador de la provincia, Oscar Herrera Ahuad; así como la participación del ministro de Hacienda, Adolfo Safrán y los diputados nacionales Ricardo Wellbach, Diego Sartori y Flavia Morales. La propuesta fue presentada al presidente Fernández, al ministro Guzmán y al titular de la Cámara baja, Sergio Massa. En un primer momento se planteó la intención de declarar a Misiones como Zona Aduanera Especial, luego se expuso que todo el NEA sea considerado de esa manera para finalmente, en medio de febriles negociaciones paralelas a la discusión del Presupuesto general, facultar al Poder Ejecutivo nacional para que defina qué zonas deben tener este beneficio.

El diputado nacional Ricardo Wellbach destacó el “trabajo en equipo, guiado por el ingeniero Rovira” y consideró un “momento histórico para Misiones”. Además, mencionó que “durante la madrugada aún estuvimos resolviendo cosas en reunión de interbloque, el diálogo con otros gobernadores y diputados nos permitió lograr un texto consensuado”. El legislador nacional enfatizó que la provincia tiene un rumbo trazado: “tenemos muy claro lo que queremos, no es solamente que haya localidades, sino que hayan actividades que tengan que ver con esta eximición de impuestos y cuestiones aduaneras e impositivas que favorezcan a nuestra sociedad”.

Por su parte, el ministro de Hacienda de Misiones, Adolfo Safrán, consideró que “es un día histórico para la provincia porque no solamente hemos puesto en agenda nacional un tema que nos interesa a todos los misioneros, sino que hemos logrado avanzar en esa agenda al haber conseguido la aprobación mayoritaria de la Cámara de Diputados de la Nación con la inclusión de un artículo de la Ley de Presupuesto”. Y destacó: “esto muestra a las claras que la Renovación es escuchada a nivel nacional y puede plantear con seriedad temas que son de interés para los misioneros”.

“El planteo de la provincia ha sido siempre que sea para todo el territorio, como se ha comprometido la Nación, para todas las actividades, y para la mayor parte de los tributos. Esto significa que los productos que entren a Misiones van a ser libres de impuestos nacionales. Esto va a generar una importante merma en el precio de los productos que hoy se comercializan dentro del territorio dado que la carga impositiva nacional es la más importante. Permitirá que el comercio misionero pueda competir mejor tanto con Paraguay como con Brasil, con lo cual eliminamos la cuestión de las asimetrías”, manifestó Safrán.

Para el ministro la medida generará “una importante ola de inversiones de empresas que quieran venir a Misiones a invertir para poder exportar, para poder producir y de esa manera generar fuentes de trabajo”. Finalmente, señaló que la incorporación de este artículo “es un nuevo punto de inflexión en lo que es la senda del crecimiento de la provincia de Misiones. A pesar de todas las adversidades, no somos la octava economía del país por casualidad”.

El artículo 124° de la Ley de Presupuesto expresa lo siguiente:

Facúltese al Poder Ejecutivo nacional para que a través de los Ministerios de Economía y de Interior:

a) Pueda constituir Áreas Aduaneras Especiales -en los términos del Código Aduanero, ley 22.415- en zonas geográficas de distintas regiones donde se verifique el comercio bilateral con países limítrofes.

b) Autorice la extensión de las Zonas Francas habilitadas en regiones donde se verifique comercio bilateral con países limítrofes, en los términos de los artículos 37 y 39 de la ley 24.331, no resultando aplicables -a estos efectos- las limitaciones y condiciones previstas en el artículo 2° de dicha ley.

A los efectos de lo previsto en el artículo 9° de la ley 24.331, se considera operaciones de comercio al por menor a toda enajenación realizada a persona humana no instalada en la Zona Franca que adquiera mercaderías en cantidades sin fines comerciales o industriales. La Autoridad de Aplicación determinará, considerando cuestiones socioeconómicas y regionales de cada Zona Franca, las mercaderías que pueden ser objeto de esas operaciones sin dichos fines. Asimismo, tales operaciones de comercio al por menor requerirán de un procedimiento simplificado relativo al ingreso y egreso de la mercadería tanto a la Zona Franca como al Territorio Aduanero General y no les serán aplicables las prohibiciones de carácter económico, ni las intervenciones previas de terceros organismos que rigen para el Régimen General de Importación. A tal fin, resultan aplicables el régimen de “Tiendas Libres” previsto en la ley 22.056 y sus normas reglamentarias, correspondiendo un tributo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) a los excedentes de la franquicia que establezca la autoridad de aplicación.

Asimismo, la importación al Territorio Aduanero General de la mercadería adquirida dentro de la Zona Franca se encuentra exenta del pago de tributos que los graven dentro de los valores de la franquicia que establezca la Autoridad de Aplicación. Para el caso de importación de vehículos automotores bajo este régimen, la misma podrá́ ser efectuada exclusivamente por titulares del grupo familiar conviviente que acrediten debidamente residencia definitiva en la Provincia respectiva, quienes podrán adquirir un vehículo automotor dentro de este régimen cada CINCO (5) años contados a partir de la fecha de su patentamiento. La exención referida podrá quedar únicamente limitada a los valores CIF máximos por unidad vehicular establecidos por la Autoridad de Aplicación.

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