viernes, abril 26, 2024

El día después del default: aceleración de bonos, incumplimiento cruzado y pago de seguros

El evento de default en que incurrió el Gobierno nacional este viernes al no pagar U$S503 millones de bonos Globales abre la puerta a distintas consecuencias -financieras y legales- que podrían complicar al Estado en un futuro no muy lejano si la reestructuración de la deuda termina por naufragar.

 

La continuidad de la negociación entre el ministro Martín Guzmán y los distintos comités de acreedores, a pesar de haberse concretado el evento de impago, implicará una suerte de “tregua” entre las partes.

 

El Ministerio de Economía aseguró que “la República continúa recibiendo opiniones y sugerencias de inversores acerca de diferentes caminos para mejorar el valor de recupero” y que, asimismo, “se encuentra analizando estas sugerencias para maximizar el apoyo de los inversores, preservando al mismo tiempo sus objetivos de sostenibilidad de la deuda”.

 

Más allá de ese armisticio entre el Gobierno y los fondos, los contratos de los bonos como los que defaulteó el Poder Ejecutivo contienen distintas cláusulas de protección para los inversores para los casos en que el soberano decida -o no pueda- cumplir con los pagos prometidos.

 

Aceleración y default cruzado

Una de esas cláusulas es la que se conoce como la aceleración de bonos. Se trata de un derecho que tienen los tenedores de reclamar en tribunales que, por la cesación de pagos, el Gobierno pague no solo el dinero que no giró en esa fecha en que se consumó el incumplimiento, sino todos los pagos futuros que estén incluidos en ese título público.

 

Por poner un ejemplo, ante un default del bono Centenario, emitido en 2017 con fecha de finalización de 2117, los tenedores de ese instrumento estarían habilitados a reclamar de forma “acelerada” todos los pagos previstos para los próximos 97 años.

 

La aceleración es un derecho que surge de forma automática ante un default, aunque requiere cierta coordinación entre los tenedores de los bonos. Esto sucede porque, en general, los contratos de los títulos de deuda exigen que para ejercer esa cláusula se necesite un 25% del monto del bono en cuestión.

 

Según explican abogados expertos en reestructuraciones de deuda, hacer uso de este derecho que otorga un caso de default está relacionado con un cálculo de costos y beneficios. Sucede que el reclamo de aceleración tiene que hacerse ante un tribunal -en el caso de los bonos Globales, del estado de Nueva York-.

 

Ese cálculo termina por indicar, en ciertas ocasiones, que todo el proceso de realizar una demanda en la justicia para buscar la aceleración no es viable porque requiere, básicamente, mucho dinero y mucha paciencia.

 

La cláusula de aceleración suele estar “combinada” con otra, conocida como cross default (incumplimiento cruzado). Los contratos de bonos soberanos suelen incluir este artículo que tiene como función “igualar” a todos los tenedores de la deuda.

 

Así, no solo pueden considerarse en default los bonos Globales que no pagó el Gobierno este viernes, sino todo el resto de los títulos de deuda que tiene pendiente de pago el Estado nacional y que cuenten con esa cláusula en sus contratos.

 

Seguros contra default: los fondos jueces y parte

 

Un evento de default como el que registró la Argentina el viernes pasado también puede representar una oportunidad de negocios para ciertos fondos inversores.

 

En el mercado existe lo que se denominan seguros contra default (credit default swaps, en inglés). Son pólizas que contratan inversores y que prometen el pago de una compensación si se cristaliza ese incumplimiento de pago.

 

Los Estados que emiten los bonos no tienen ninguna relación con los CDS, sino que son operaciones realizadas entre privados. Se trata de un derivado financiero que no solo sirve como cobertura para quienes tienen ese bono, sino que también puede ser comprado sin necesidad de contar con ese título en la cartera de inversión.

 

Los fondos inversores, además, no tienen la obligación de hacer públicos sus tenencias de seguros contra default. Según se explica en el libro “Crisis y reestructuración de deuda soberana”, de Adrián Cosentino -hoy presidente de la CNV- y otros autores, los CDS pueden influir en la dinámica de una negociación de la deuda como la que lleva adelante la Argentina.

 

Esto sucede porque, al contar con pólizas de seguro que se activan contra un evento de impago, no necesariamente el acreedor se vea perjudicado por el default de un país, sino todo lo contrario.

 

Los seguros contra default tienen una particularidad adicional. Su funcionamiento y activación están determinados por la Asociación Internacional de Swaps y Derivados (ISDA, en inglés). Su directorio está conformado por fondos de inversión y grandes bancos internacionales.

 

Se prevé que en las próximas horas el ISDA sesione para determinar si el incumplimiento de pago de este viernes configura un evento para gatillar el pago de los seguros millonarios en manos de los tenedores de los CDS de bonos argentinos.

 

Lo curioso es que dos de los sillones principales en el ISDA están ocupados por fondos inversores que actualmente negocian el canje de deuda con Martín Guzmán.

 

El secretario del organismo es Jack Hattem, director de renta fija de Blackrock. Y uno de los puestos de decisión en el directorio pertenece a Marc Sneider, jefe de Inversiones del fondo Pimco. De acuerdo a datos de Criteria, entre los dos fondos reunían hacia marzo unos U$S6000 millones de deuda argentina.

 

Fuente: TN

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